PONER EL CAZO
Cuando se carece de argumentos, cuando se practica la demagogia, cuando aflora el amiguismo, cuando se actúa con prepotencia, entonces uno termina poniendo en evidencia su ignorancia. Que es lo que les pasa a quienes pretenden descalificar a los contrarios con locuciones que nada tienen que ver con el verdadero sentido de sus actos.
El caso es que en la sesión extraordinaria celebrada por el Pleno de la Corporación Municipal de San Lorenzo de El Escorial, el día 30 de junio de 2011, el Sr. Alcalde, D. José Luis Fernández-Quejo, acusó a la oposición de "poner el cazo", es decir, de recibir dinero. Cuando se trataba el punto nº 3 del orden del día, referente a la dotación económica de los Grupos Políticos municipales, el susodicho afirmó: «Pero criticar, no votar y poner la mano, poner el cazo, eso sí que es indignante». El pecado de los Grupos de la oposición había consistido en no votar a favor la propuesta, impuesta y no consensuada, de la Alcaldía Presidencia de conceder a los Grupos Políticos Municipales una dotación económica fija de 50 € por Grupo y otra de 130 € por cada uno de sus miembros.
Evidentemente, el Sr. Alcalde desconoce que la locución por él empleada alude a la vieja costumbre de los mendigos de pedir dinero ofreciendo un cazo o un recipiente similar para que la gente depositara en él la limosna. Mas no es limosna, ni dádiva, ni generosidad o prerrogativa del Alcalde, los 180 € que el Grupo Municipal de AME percibe mensualmente, sino un derecho recogido en el Art. 73 de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, como bien sabe el Sr. Alcalde. Y dando esto por hecho, el Sr. Alcalde debe saber también que en los apartados 3 y 4 del Art. 75 de la misma, se dispone: «Sólo los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la cuantía señalada por el pleno de la misma»; así como que «Los miembros de las Corporaciones locales percibirán indemnización por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo, según las normas de aplicación general en las Administraciones públicas y las que en desarrollo de las mismas apruebe el pleno corporativo». Por lo que no se entiende que D. José Luis Fernández-Quejo pida explícitamente que los miembros de la oposición "renuncien" a lo que en derecho les corresponde. Lo que no es óbice, sin embargo, para señalar que fue precisamente el representante de Alternativa Municipal Española (AME) en el Consistorio el único edil que votó en contra de la propuesta de la Alcaldía Presidencia referente a la dotación económica a los Grupos Municipales, por entender que con esos fondos se podrían cubrir otras necesidades más apremiantes de los vecinos.
Y al ser los hombres dueños de sus silencios y esclavos de sus palabras, en aras de conseguir esa necesaria disminución del gasto municipal que sirvió al Alcalde de argumento para suprimir el sueldo de toda la oposición, el Sr. Alcalde debería aplicarse su propia receta y "renunciar" a sus elevadísimos emolumentos, 71.798 €, haciendo otro tanto con los del cargo de confianza por él creado, el Coordinador de infraestructuras, suministros y servicios urbanos, que curiosamente ha recaído en el candidato no electo nº 10 de la lista del PP, D. Manuel Batres Pérez, cuya retribución anual asciende a la nada despreciable cifra de 34.272 €. Retribución que sufragan los sufridos vecinos de San Lorenzo de El Escorial con la resignación que a menudo provocan los hechos consumados.
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